¿Su ascensor no funciona bien?
¿Su equipo esta certificado bajo la norma NTC 5926-1?
¿Le hace mantenimiento preventivo periódicamente?
Tenemos las mejores soluciones de mantenimiento que garantizan el buen funcionamiento de los ascensores.
Contamos con personal calificado para brindarle atención personalizada y atender mantenimientos preventivos, correctivos, modernización y llamadas de emergencia.
Mantenimiento Preventivo y Correctivo
En caso de presentarse una falla en el funcionamiento del ascensor ya sea por desgaste de los componentes o simplemente por fallas inesperadas del sistema, FEMM S.A.S por medio de su equipo de mantenimiento se desplazará inmediatamente al lugar y reparará la falla dejando el equipo en buen funcionamiento.
- Ascensores Pasajeros
- Ascensores Montacargas
- Ascensores de Obra
- Plataformas y Sillas Salvaescaleras
- Ascensores Camilleros
- Ascensores Monta Coches
- Plataformas Vehiculares
- Duplicadores de Parqueo
- Escalador Eléctrico Móvil Discapacitados
- Rampa Móvil para Semi – Sótanos
- Ascensores Monta Platos y Monta Libros
- Ascensores Discapacitados
- Carretillas
Modernización - Actualización
Cuando el ascensor de carga o para discapacitados ha cumplido su ciclo de uso y se hace necesario modernizarlo o simplemente cuando se desea aumentar su capacidad, FEMM S.A.S realiza el diagnóstico de este para reemplazar todas aquellas partes que lo requieran.
Conozca la norma y póngase al día. Actualice su ascensor.
Sobre la norma:
Es importante indicar que en el año 2011 el consejo de Bogotá mediante el acuerdo 470 estableció como obligatoria la Revisión General Anual (RGA) de los sistemas de transporte vertical en edificaciones en la ciudad de Bogotá, esto incluye ascensores, escaleras eléctricas, rampas móviles y puertas eléctricas.
En este acuerdo se establece que los administradores y/o propietarios de sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas que estén al servicio público o privado en el Distrito Capital, contratarán el diagnóstico y la revisión del funcionamiento de tales sistemas con personas naturales y/o jurídicas calificadas y acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC.
Por lo anterior y para poder dar cumplimiento este acuerdo el FOPAE (FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS (quien posteriormente se transformó en el IDIGER-INSTITUTO DISTRITAL DE GESTION DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMATICO) expidió la resolución 092 en el 2014 donde da los lineamientos técnicos para la revisión general anual de los sistemas de transporte vertical en edificaciones, indicando que:
NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 2769-4 “reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. ascensores especiales para el transporte de personas y cargas”.
Se adopta la Norma Técnica Colombiana NTC 5926-1 Y NTC 5926-2 para las revisiones al Sistemas de transporte vertical.
Las personas naturales y/o jurídicas contratadas por los administradores y/o propietarios de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas certificarán la óptima operación del medio de transporte de conformidad con la correspondientes Normas Técnicas Colombianas.
Las personas naturales y/o jurídicas contratadas por los administradores y/o propietarios de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas, deberán estar acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia-ONAC o entidad que la reemplace o sustituya, en cumplimiento del Acuerdo 470 de 2011.
Teniendo en cuenta lo anterior es muy importante indicar que nuestros ascensores están diseñados bajo los siguientes estándares:
NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 2769-4 “reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. ascensores especiales para el transporte de personas y cargas”.
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